Se trata de dos subvenciones. subvención para alquiler de local de nuevas empresas (20.000 euros) y subvenciones a empresas establecidas en Bergara, programa Eragin (30.000 euros). 

El plazo para entregar las solicitudes finaliza el 1 de diciembre.

Podrán optar a la ayuda para alquiler las empresas que de forma continuada hasta el 1 de diciembre de 2022 se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, así como las empresas que pretendan implantarse en Bergara:

- Empresas creadas en Bergara y que tengan su sede y ámbito de actuación como mínimo en Bergara.

- Empresas implantadas en Bergara desde el exterior.

- Nuevas o nuevos titulares de actividades en traspaso en Bergara.

Así mismo, podrán optar a la ayuda las empresas que desde el 1 de enero de 2020 hasta la publicación de la convocatoria de estas ayudas, se encontraran en alguno de los supuestos recogidos en el pasaje anterior y que en el momento de realizar la solicitud continúen en funcionamiento.

Para acceder a las subvenciones del programa Eragin, las empresas (personas físicas o jurídicas) deberán cumplir las siguientes condiciones (entre otras):

- El centro de trabajo estará en Bergara, así como la sede social y fiscal de la empresa.

- Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en Bergara.

- Estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Bergara.

- No estar incurso/a en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre.

- Considerando lo establecido en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, no hallarse en una de las situaciones siguientes:

  • Empresas que incurran en discriminación por razón de sexo en el proceso de selección de personas candidatas.

  • Empresas organizadoras de actividades en las que se impida o dificulte la participación de las mujeres en igualdad respecto de los hombres.

  • Personas físicas o jurídicas con sanción administrativa o penal por haber incurrido en discriminación por razón de sexo, durante la vigencia de dicha sanción.

- Tener regularizada ante el Ayuntamiento de Bergara la situación del local donde se desarrolle la actividad, así como la actividad desarrollada en sí misma.

Información: https://www.bergara.eus/es/ayudas-economicas

 

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