La presente ordenanza tiene por objeto regular por parte del Ayuntamiento la autorización y utilización de los espacios que se detallan en los siguientes párrafos del presente artículo, para la celebración de funerales u homenajes civiles por fallecimiento.

Para ello, el Ayuntamiento acondicionará la plaza de Kataibia. No obstante, en caso de que la persona fallecida esté empadronada en Angiozar, Osintxu, Elosua, Elorregi, Basalgo o Ubera, se podrá solicitar autorización para celebrar la ceremonia funeral u homenaje civil por fallecimiento en el frontón del barrio en cuestión.

En caso de querer celebrar el homenaje en un lugar público no contemplado por la presente ordenanza, deberá señalarse en la solicitud y el Alcalde/Alcaldesa o concejal en quien delegue resolverá la concesión o denegación de la autorización.

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