El Ayuntamiento de Bergara, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral reguladora de las Haciendas Locales del Territorio Histórico, establece y exige el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con arreglo a la presente Ordenanza, de la que es parte integrante el Anexo en el que se contienen el cuadro de porcentajes y las tarifas aplicables.
La Ordenanza se aplica en todo el término municipal.
La modificación aprobada de las ordenanzas fiscales para 2024 se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 27-12-2023. Veáse aquí
Los coeficientes aplicables del impuesto desde el ejercicio del 2024 se establecen en los aprobados por el Pleno Municipal el 23 de octubre de 2023.