Bolsa de trabajo: 
no
Condiciones que deben cumplir los aspirantes: 

Para su admisión y, en su caso, participación en esta convocatoria de oposición, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ostentar la ciudadanía de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprobó el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
También podrán participar el cónyuge de personas españolas y de ciudadanas de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre, asimismo, que no estén separadas de derecho, menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos dieciséis (16) años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de titulación superior (licenciatura o grado) relacionada con la actividad física o el deporte, o tener abonados los derechos para su obtención.
d) Poseer la capacidad funcional para el normal desempeño de las tareas propias del puesto. Este extremo habrá de acreditarlo en su momento la persona aspirante propuesta.
e) No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No concurrir ninguna otra causa de incapacidad o de incompatibilidad para el acceso a la condición de funcionario/a público/a, en los términos marcados por las respectivas disposiciones legales.
h) Nivel de euskera correspondiente al Perfil Lingüístico 4 preceptivo. No obstante, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación Municipal el 24 de julio de 1990, también serán admitidas las personas que posean el perfil lingüístico 3 y posteriormente quien obtenga la plaza dispondrá de un plazo de año y medio para acreditar el perfil 4.
En caso de que no lo acreditara, se anularía el nombramiento y perdería todos sus derechos.

Bolsa de trabajo: 
no
Condiciones que deben cumplir los aspirantes: 

Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos para su admisión y, en su caso, participación en el procedimiento:

  1. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.
    También podrán participar el cónyuge de las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separada de derecho, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos/as descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
    Asimismo, podrán tomar parte las personas extranjeras no incluidas en los párrafos anteriores residentes en el estado español. En caso de que resulten seleccionadas, y previamente a la firma del contrato, deberán acreditar que cuentan con autorización administrativa para ejercer la actividad objeto de dicho contrato.
  2. Tener cumplidos los 16 años.
  3. Estar en posesión del Certificado Escolar o titulación equivalente.
  4. No padecer enfermedad ni impedimento físico o psíquico que le impida desempeñar adecuadamente las funciones propias del puesto de trabajo.
  5. No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
  6. Perfil Lingüístico 1, no preceptivo.
  7. Haber desempeñado labores de limpieza de edificios, instalaciones, empresas o viviendas por cuenta ajena mediante empresas o por contratación durante al menos 2 años.
Bolsa de trabajo: 
no
Condiciones que deben cumplir los aspirantes: 

Las personas que deseen tomar parte en la convocatoria, para ser admitidas, deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española

b) No estar incursas en causa legal de incompatibilidad o incapacidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho a opción que esta le otorgue.

c) Estar en posesión del Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o titulación equivalente. En el caso de las titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Tener una estatura mínima de 1,65 metros en el caso de los hombres y 1,60 metros en el caso de las mujeres. Este requisito se acreditará en el momento en que sea requerido.

e) Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

f) Estar en posesión del perfil lingüístico 2 de euskera. Este requisito se acreditará mediante la presentación del certificado correspondiente o a través del ejercicio que se realice al efecto en la fase de oposición.

g) No estar incursa en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el anexo del Decreto 315/1994, por el que se aprueba el reglamento de selección y formación de la policía del País Vasco. Este extremo habrá de acreditarse en su momento mediante el oportuno reconocimiento médico.

h) No haber sido condenada por delito doloso, ni estar separada del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

i) No haber sido excluida de un proceso selectivo para el ingreso en algún cuerpo de Policía del País Vasco por la comisión de una falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un periodo de tiempo equivalente a su plazo de prescripción contado desde la fecha de declaración de la exclusión.

Las personas aspirantes deben reunir los requisitos antes de la finalización del plazo de entrega de las instancias de solicitud de admisión en la convocatoria (salvo el punto f) y deberán mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión.

No obstante lo anterior, si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento del tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia de la persona interesada, dando cuenta el mismo día a la autoridad que haya convocado el proceso selectivo.

 

 Instancias

Las instancias se presentarán debidamente cumplimentas en alguno de los siguientes lugares:

a) En el B@Z (plaza San Martín Agirre 1,   20570  Bergara). Véase el calendario del servicio.

b) Por registro electrónico del Ayuntamiento de Bergara (www.bergara.eus, sede electrónica).

c) En las oficinas de Correos. En este supuesto se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona funcionaria de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro Municipal en la misma fecha en que fueron entregadas en la oficina de Correos. Es la instancia la que debe estar sellada.

d) En cualquiera de las restantes formas previstas en la normativa aplicable.

 

Bolsa de trabajo: 
no
Condiciones que deben cumplir los aspirantes: 

Para su admisión y, en su caso, participación en la convocatoria, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a)  Ostentar la ciudadanía de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprobó el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

También podrán participar el cónyuge de personas españolas y de ciudadanas de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre, asimismo, que no estén separadas de derecho, menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad dependientes.

b)  Tener cumplidos dieciséis (16) años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c)  Estar en posesión de la titulación de Bachillerato, FP-II o Especialista de Grado Superior, o equivalente. En el caso de las titulaciones extranjeras, estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d)  No padecer enfermedad ni impedimento físico o psíquico que le impida desempeñar adecuadamente las funciones propias del puesto de trabajo.

e)  No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de los organismos de las Administraciones Públicas mediante procedimiento disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para ejercer en la administración pública.

f)  Perfil lingüístico 3, con carácter preceptivo.

Todos los requisitos enumerados en estas bases deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerlos hasta la posesión de la plaza. El requisito establecido en el subapartado f) podrá acreditarse en su momento.

Bolsa de trabajo: 
Condiciones que deben cumplir los aspirantes: 

Las recogidas en las bases, entre otras, las siguientes:
Estar en posesión del título de técnico superior en sistemas electrotécnicos y automatizados, o titulación equivalente o superior del ámbito de la electricidad. Y, tener el certificado de cualificación individual en baja tensión (carnet de instalador) o titulación que habilite para ello.
Perfil lingüístico 3, con carácter preceptivo.
Estar en posesión del permiso de conducción B o equivalente.
A la fecha de inicio del contrato, encontrarse en la situación prevista en el apartado 7 del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, esto es, en situación de desempleo, o bien tener concertado con el Ayuntamiento de Bergara un contrato de duración determinada.

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