El Plan Territorial Parcial Mondragón–Bergara (Alto Deba–Deba Goiena) parte, para el cálculo y cuantificación del número de viviendas a poner en juego en los próximos 16 años, de las previsiones establecidas en las Directrices de Ordenación Territorial (D.O.T.), por entender que el resultado en base a los cinco parámetros utilizados no debe alterarse sustancialmente. Estos parámetros son, implicaciones del modelo territorial, crecimiento demográfico, variación de la estructura familiar, corrección de la rigidez de la oferta, y segunda residencial.

El P.T.P. en el Capítulo 4 de la Memoria, SUELOS RESIDENCIALES Y DE ACTIVIDADES ECONOMICAS, señala para Bergara las siguientes cifras orientativas que se regulan más adelante en las NORMAS DE ORDENACION:

Número total de viviendas previstas 1.890
Número total de viviendas protegidas 500
Número total de viviendas para los próximos ocho años 1.421

Las NORMAS DE ORDENACION del P.T.P., en la SECCION 3, Artículo 58.- Cuantificación residencial, Punto 3, establece que,

“La cuantificación por municipios del número de viviendas a definir por el planeamiento general para el periodo de vigencia de ocho años se ajustará a una horquilla de valores en la que se establecen los siguientes valores máximo y mínimo:

  • Valor máximo de la capacidad residencial del planeamiento: Valor que se estableceal efecto de no producir desarrollos urbanísticos desordenados como consecuencia de una sobrecalificación del suelo. Se obtiene de la directa aplicación del anejo 1.5 de las D.O.T.
  • Valor mínimo de la capacidad residencial del planeamiento: Valor que se estableceal objeto de evitar la escasez de suelo calificado. Se obtiene de la directa aplicación del anejo 1.5 de las D.O.T. considerando un coeficiente de rigidez de la oferta del 50%”.

El intervalo u horquilla comprendido entre los valores máximo y mínimo se aplicará en función de los datos estadísticos de cada municipio, correspondientes al momento en el que se redacte la revisión de planeamiento, y de acuerdo con los criterios de las D.O.T., y la hoja de cálculo adjunta en el anejo I del Plan Territorial Parcial.

Establece además las siguientes singularidades para los municipios del Area Funcional:

  • Se considerará una reducción de la tasa familiar de 0,30 en ocho años.
  • El coeficiente de corrección de rigidez de la oferta para Bergara será de0,20.

Para la aplicación del Anejo 1.5 de las D.O.T. al que hace referencia el Plan Territorial Parcial para la determinación del número máximo y mínimo de viviendas, se parte de los siguientes datos del Censo actualizado facilitados por el Ayuntamiento, y de la población en el horizonte del año 2015:

  • Número de habitantes censados (PB): 14.840.
  • Número de viviendas ocupadas (VOB): 5.515.
  • Tamaño familiar medio (TMF): 14.840/5.515 = 2,69 hab/viv.
  • Número viviendas vacías: 357, según datos facilitados por Bizigune.

Con estas premisas, resultan las siguientes cifras de la aplicación de las fórmulas recogidas en el Anejo 1.5:

C1.- Implicaciones del modelo territorial:

No se consideran componentes referentes a crecimiento selectivo, hábitat alternativo o segunda residencia en Bergara.

C2.- Crecimiento demográfico:

Se parte de la población en 2007, de 14.840 habitantes, y de un crecimiento anual estimado del 0,40%. Con estas premisas, la población en el horizonte del año 2015 (8 años) será la siguiente:

Población 2015 = Población actual (1 + Tasa anual crec. demog.) en 8 años.

PH = 14.840 (1 + 0,004)8 = 15.321 habitantes.

Es decir, que de la aplicación de la fórmula, resultan un total de 481 nuevos habitantes. En cuento al tamaño familiar medio en 2015, según el P.T.P., se debe considerar una reducción del 0,30, con lo cual, es decir, 2,69 – 0,30 = 2,39 hab/viv. {TMF(n)}. Con todo ello, el número de nuevas viviendas resultante será 481/2,39 = 201 viviendas.

C3.- Variación de la estructura familiar:

La necesidad de nueva vivienda se cuantifica en:

Población actual (PB) / Tamaño familiar {TMF(2015)} – viv. ocupadas (VOB).

14.840 habitantes / 2,39 hab/viv. – 5.515 viv. ocupadas = 694 viviendas.

C4.- Corrección de la rigidez de la oferta:

Coeficiente de corrección de la rigidez (CR) de la oferta según P.T.P:

0,20 {Viviendas ocupadas (VOB) + C2 + C3} x CR

(5.515 + 201 + 694) x 0,20 = 1.282 viviendas.

C5.- Segunda residencia:

No se considera.

Número Máximo viviendas a ofertar por el planeamiento:

C1 + C2 + C3 + C4 + C5 = 201 + 694 + 1.282 = 2.177 nuevas viviendas.

Descontando las 357 viviendas vacías existentes resultan: 2.177 – 357 = 1.820 nuevas viviendas.

Número Mínimo viviendas a ofertar por el planeamiento:

C1 + C2 + C3 + (0,5 xC4) + C5 = 201 + 694 + 641 = 1.536 nuevas viviendas.

Descontando las 357 viviendas vacías existentes resultan: 1.536 – 357 = 1.179 nuevas viviendas.

El número de viviendas a definir por el presente Plan General deberá estar comprendido entre las 1.820 nuevas viviendas consideradas como cifra máxima y las 1.179 nuevas viviendas consideradas como cifra mínima.

Del total de viviendas consideradas, el Plan Territorial Parcial propone un porcentaje del 26% de viviendas protegidas sobre el total de viviendas planificadas.

El P.T.P., en el Punto 3a) del Artículo 59, recoge las operaciones de transformación urbana previstas en el Area Funcional. Estas operaciones las limita en Bergara a la de Algodonera San Antonio.

En el presente documento del Plan General se recogen también otras dos operaciones importantes de transformación urbana en los terrenos ocupados por las industrias Movilla, S.A. y Tornillería Deba, S.A.L. La primera de ellas viene provocada por el cierre de la actividad industrial, y por la conveniencia de regeneración de toda la zona de la calle Urteaga ya iniciada con una actuación pública de encauzamiento del río Uhola, y de reurbanización total de los espacios públicos, unida a la construcción de una serie de edificios acogidos al régimen de Protección Oficial. La segunda, por las necesidades de reubicación de la industria en otro punto del municipio motivada por el estado obsoleto de los pabellones actuales.

Estas tres actuaciones de transformación y regeneración urbana son las que absorben la mayor parte de las nuevas viviendas previstas en el municipio, y consiguientemente provocan el que prácticamente no se delimiten reservas de suelo de nuevo desarrollo con uso residencial.

Urbanismo