El Plan Territorial Parcial del Area Funcional del Alto Deba (en adelante P.T.P.), documento obligado de referencia para fijar la cuantificación de suelo para actividades económicas en el presente Plan General, considera aceptables los criterios y determinaciones que establece el Plan Territorial Sectorial de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales.

La tabla correspondiente al suelo calificado para actividades económicas, ocupado, libre, propuesto y total para el municipio de Bergara es el siguiente:

Suelo calificado para actividades económicas
  OCUPADO LIBRE PROPUESTO TOTAL
BERGARA 129,18 Ha. 5,25 Ha. 75,00 Ha. 209,43 Ha.

El Plan Territorial Parcial considera para Bergara como propuestas de actuación de interés preferente, la de Elkoromuño–Ipiñarri, y la de ampliación de la zona de San Juan. Recoge también dos propuestas concretas que afectan sustancialmente al suelo destinado a actividades económicas de las Normas Subsidiarias vigentes, una por la propuesta de implantación de una Estación Intermodal y Centro de Acogida en Elorregi, y la otra por delimitación como Espacio Reservado sin desarrollo urbano al que denomina Corredor GI-627 en Mekolalde. Se analizan a continuación más detalladamente ambas propuestas.

Estación Intermodal y Centro de Acogida en Elorregi:

Se propone en el mismo documento del P.T.P., la recualificación del área Elorregi–San Prudencio como centro estratégico y direccional del Area Funcional que denomina Interconector de Elorregi en los terrenos ocupados actualmente por la mercantil Tavex– Algodonera San Antonio, S.A. Se propone para dicha zona su conversión en Centro de acogida e información territorial, relacionado con todas las actividades del Area Funcional y de servicios (hostelería, comercio-producto local), y Estación intermodal, del tranvía, autobús y vehículo privado.

Esta elección de la zona de Elorregi, ligada a la comunicación y al transporte obedece, según el P.T.P., a dos propuestas concretas, por un lado a la creación del centro de servicios al transporte por carretera en terrenos de Elkoromuño, y por otro a la propuesta de ubicación de cocheras del tranvía y autobuses en la zona de Epele o en la de Elkoromuño. Sin embargo, el centro de servicios al transporte por carretera en terrenos de Elkoromuño parece descartado por parte de los responsables de transporte del Gobierno Vasco, ya que el Avance del Plan Territorial Sectorial de la Red Intermodal y Logística del Transporte de la Comunidad Autónoma del País Vasco no recoge ninguna referencia de habilitación de un área de logística en Elorregi, al proponer la denominada área de Alava Central-Deba para dar servicio a la Comarca del Deba y a la Llanada Alavesa. Tampoco el documento de Modificación del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la C.A.P.V. aprobado inicialmente, en la PROPUESTA de RED FERROVIARIA, Punto 8.4.6, Ambito del Deba, en la descripción de la extensión hacia Oñate, recoge ninguna referencia a la implantación de una estación intermodal.

Como se expone más adelante en el Capítulo 8.- ADECUACION DEL PLAN GENERAL AL PLAN TERRITORIAL PARCIAL MONDRAGON-BERGARA (ALTO DEBA-DEBA GOIENA), INFRAESTRUCTURAS DEL MODELO TERRITORIAL, de la presente Memoria, dado que los referidos terrenos se clasifican como suelo urbano industrial en las Normas Subsidiarias vigentes, que están ocupados en su totalidad por una única actividad industrial, la de la mercantil Tavex-Algodonera, S.A. empresa a pleno rendimiento en la actualidad, y que por otro lado las actuaciones que propone el P.T.P. no se encuentran claramente definidas en su gestión ni en su tiempo de ejecución, se opta por mantener en el Plan General la consolidación del asentamiento industrial existente en la zona.

Ambito sin desarrollo urbano (Corredor GI-627) en Mekolalde:

Otra propuesta del P.T.P. aprobado definitivamente incluye la zona de Mekolalde en una categoría de suelo que denomina AMBITOS SIN DESARROLLO URBANO, como Otros espacios reservados, a los que define como, – “terrenos reservados para futuros desarrollos sobre los cuales el Plan no define una calificación específica”-, y consiste en una franja de terreno paralela al río Deba que se extiende desde el final de los pabellones de la industria Lazpiur, S.A. hasta los que existían de la industria Soraluce, S. Coop. en el barrio de Osintxu en el año 1996, antes de la aprobación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes.

El P.T.P. no recoge la realidad física ni jurídica del territorio que delimita, con clasificación de suelo urbano y calificación industrial de gran parte de los terrenos en las Normas Subsidiarias vigentes como ocurre en las Areas A-43 y A-44, y que se encuentran en la actualidad prácticamente colmatadas por la edificación. Tampoco recoge las obras importantes de infraestructuras a nivel comarcal realizadas, como la construcción de la nueva E.D.A.R. de Mekolalde, el nuevo puente sobre el río Deba, y el vial de conexión entre ambos.

Sí ha sido una preocupación del Ayuntamiento que las actividades que se implantaran en la zona respondieran a lo que posteriormente el P.T.P. ha denominado como actividades industriales con mayor valor añadido, dentro de los criterios que fija para la creación de los nuevos asentamientos industriales.

En la zona de Mekolalde, se ubican en la actualidad actividades industriales que pueden considerarse pioneras a nivel europeo y mundial, como el grupo Soraluce, S.Coop., fabricante de la máquina herramienta que se sitúa entre las más avanzadas y de mayor tamaño que se fabrican en la actualidad. También la implantación en la misma zona de Danobat, S.Coop., en su sección Danobat Sistemas, como nueva empresa dedicada la fabricación y montaje de grandes líneas para la fabricación de componentes del ferrocarril con dimensiones y tecnología no realizadas hasta el momento a nivel mundial, según se desprende del dossier presentado en el Ayuntamiento con motivo de la solicitud de la licencia de construcción. Ambas empresas, junto con la mercantil Tornillería Deba, S.A.L., empresa con nuevo desarrollo de innovación, se ubican en las Areas Urbanas A-43 y A-44 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes. En el otro extremo del ámbito denominado en el P.T.P. de Mekolalde, se ubica la mercantil Lazpiur, S.A., empresa puntera y de reconocido prestigio a nivel mundial como fabricante de componentes para la industria que prácticamente colmata con su implantación el ámbito del Area A-54 del nuevo Plan General. Las cuatro empresas mencionadas, en constante innovación, cuentan con equipos muy importantes de I+D+I, como puede comprobarse, además de por los resultados que reportan, por las importantes superficies que destinan dentro de sus instalaciones.

El Plan General propone la colmatación de la zona con la implantación de dos industrias concretas, Oerlikon-Balzers, S.A., actual propietaria aproximadamente de la tercera parte del total del suelo del nuevo Sector que se delimita, Irialde, S.L. como propietaria de otra tercera parte, y a la ampliación pretendida por la industrial Lazpiur, S.A., colindante con el extremo Sur del mismo Sector. Se ha comentado antes la categoría y capacitación a nivel mundial de Lazpiur, S.A. En cuanto a la empresa Oerlikon-Balzers, S.A. e Irialde, S.L., en el dossier presentado en el Ayuntamiento para su justificación, se recogen las limitaciones actuales para su desarrollo en los asentamientos de Antzuola y las nuevas expansiones pretendidas en las mismas, para las que resulta determinante su ubicación en Bergara, por la proximidad con las plantas de Antzuola y por la residencia de más del 50% de sus trabajadores en Bergara.

Oerlikon-Balzers, trabajará en recubrimientos Balinit, con las más moderna tecnología Balzers de reconocimiento a nivel mundial, e Irialde en trabajos de mecanizado de alta tecnología del Fine Blanking, la mayor del Estado ya en la actualidad y una de las empresas de referencia a nivel de Europa y NAFTA, que ha intervenido con la aportación de 6 millones de pequeñas piezas en acero al carbono y acero inoxidable al proyecto LHC-CERN, popularmente llamado “acelerador de partículas”.

En coherencia con todo lo expuesto, la Ficha Urbanística correspondiente al Sector recoge las limitaciones y condiciones particulares de actuación para que, ni en actuaciones próximas, ni en otras futuras, se desvirtúe la intencionalidad del Plan General cuando delimita este nuevo Sector.

Como se expone más adelante en el Capítulo 8.- ADECUACION DEL PLAN GENERAL AL PLAN TERRITORIAL PARCIAL MONDRAGON-BERGARA (ALTO DEBA-DEBA GOIENA), SISTEMA DE ASENTAMIENTOS Y MODELO TERRITORIAL, de la presente Memoria, se opta por mantener en el Plan General la clasificación urbana y calificación industrial de la mayor parte de estos terrenos según las Normas Subsidiarias vigentes con la consolidación de los asentamientos industriales existentes en la zona, y la creación del nuevo Sector S-5 para colmatar el desarrollo de la misma. Como se recogerá más adelante, sí se establecen condiciones particulares de actuación para respetar las características específicas de la zona.

Por otro lado, el Acuerdo adoptado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco en relación con el Plan General, en lo referente a materia de Aguas establece que,

- “El Sector 5 es inundable en gran parte de su área para avenidas correspondientes a un periodo de retorno de 100 años , en las que no es admisible el uso industrial” -.

En reuniones previas al acuerdo adoptado se aclaró, por parte del Ayuntamiento, que la información en la que se apoyaba lo acordado, databa de un estudio realizado por la empresa Cinsa para el Gobierno Vasco en noviembre del año 2002. Con posterioridad a esta fecha, se ha desarrollado el Area A-43, situado aguas abajo en el curso del río Deba y contiguo al Sector S-5. La Resolución de 24/08/2007 del Director de Aguas del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco por la que se autoriza la ejecución de las obras del Proyecto de Urbanización del Area, recoge textualmente que,

- “se demolerán todos los pabellones e infraestructuras existentes en la margen, incluso la totalidad del estribo derecho del puente de Mekolalde recuperando la margen a su estado natural, reperfilándolo, dándole formas redondeadas y revegetándola con especies autóctonas de la zona”-.

La actuación incluye el derribo del puente y su sustitución por una pasarela peatonal sin apoyos en el cauce. Con esta actuación se rebajaba muy considerablemente la cota de inundabilidad de la zona del Area A-43, lo que permitió realizar la urbanización y edificación ya ejecutadas, y rebajar consecuentemente la cota de inundabilidad de los terrenos situados aguas arriba como los del Sector S-5.

Con los parámetros de inundabilidad que resultan del derribo del puente viejo de Narbaiza se construyó también el nuevo puente enfrentado al caserío Gorostola que da acceso a la nueva E.D.A.R. construida en la zona, y dará en el futuro, tan pronto se mejoren los acceso al mismo desde la carretera GI-627, a los ámbitos industriales ya existentes de las Areas A-5 y A-54, y al nuevo Sector S-5.

Por todo ello, desde la Agencia Vasca del Agua URA, escuchadas las aclaraciones realizadas por el Ayuntamiento, se posibilita el desarrollo de actividades económicas del Sector S-5 siempre y cuando se justifique la no inundabilidad de los terrenos que ocupa.

Urbanismo