El crecimiento urbano que debe prever el Plan General debe ajustarse al crecimiento demográfico y a la situación económica y social del municipio.

Pero el desarrollo de un municipio no puede considerarse con independencia de la comarca en la que se enclava. Esta consideración resulta más relevante en una comarca como la del Alto Deba, con amplia experiencia comarcal, y que dispone además de órganos supramunicipales de gestión como la Mancomunidad del Alto Deba.

En este sentido, el PLAN TERRITORIAL PARCIAL MONDRAGÓN–BERGARA (ALTO DEBA–DEBA GOIENA) aprobado definitivamente, define los criterios, objetivos y soluciones generales de aplicación en todo el Area Funcional del Alto Deba, que se recogen en el documento del presente Plan General con las concreciones que se detallan más adelante.

Se aplican también, en el presente documento, las Normas específicas de carácter vinculante de los distintos P.T.S. y demás Normativas de rango superior aprobados en aquello que disponen como vinculante.
 

Urbanismo