Bergara es un municipio bien dotado de parques públicos y que además se encuentran bien distribuidos en los distintos barrios. Se trata en su mayor parte de parques ligados a casas solariegas que, en ejecución de planeamientos anteriores, han pasado al dominio público con su calificación de espacios libres para el uso de zonas verdes y parques urbanos. Las superficies aproximadas de los mismos son las siguientes:

Supercie parques
Zona verde de Artzamendi 28.010,00 m2.
Parque de Arrizuriaga 11.917,37 m2.
Parque de Usondo 10.180,00 m2.
Parque Santa Ana (Errotalde) 13.758,41 m2.
Parque Palacio Errekalde (zona baja y alta) 24.903,19 m2.
Total 88.768,97 m2.

El Artículo 78 de la Ley del Suelo vigente, en su Punto 1, establece que, la ordenación estructural de los planes generales de ordenación urbana, deberá destinar a dotaciones públicas de la red de espacios libres para uso de zonas verdes y parques urbanos, una superficie de suelo no inferior a cinco metros cuadrados por habitante incluida la superficie ya existente.

En el municipio de Bergara, si se parte de una población máxima prevista en el horizonte del año 2015 de 15.321 habitantes, se precisará la siguiente reserva total de suelo:

15.321 habitantes x 5 m2/habitante = 76.605 m2.

La superficie ya existente en Bergara resulta superior. Además, a las superficies señaladas como zonas verdes y parques urbanos ubicados en el núcleo urbano, hay que añadir la del espacio verde o parque de San Martzial, muy utilizado como lugar de esparcimiento por su proximidad al núcleo urbano, y que cuenta con una superficie aproximada de 83.200 m2.

Durante el primer periodo de exposición al público del Plan General, Mendia Bizirik Pol-Pol M.T. presentó un escrito de alegaciones en el que se afirmaba en sentido general que el documento no cumplía con los estándares que fija la Ley de Suelo vigente, y en particular que los terrenos de San Martzial, no podían tener la consideración de zona verde urbana. En lo mismo insistió en las sesiones del Consejo Asesor del Planeamiento, y ha vuelto ha incidir en la 2ª exposición al público del documento. Tal y como se recoge en las actas de sesiones del Consejo Asesor, la propuesta fue rechazada por la mayor parte de sus integrantes. Las alegaciones formuladas en los dos periodos de información pública fueron informadas por el equipo redactor del documento y aprobados los informes en sendos Plenos Municipales. Los argumentos para justificar la propuesta del Plan General se apoyan en el contenido del Artículo 78 de la Ley del Suelo vigente que, en su Punto 1 establece que,

“los Planes Generales de Ordenación Urbana deberán destinar a dotaciones públicas de la red de espacios libres para el uso de zonas verdes y parques urbanos una superficie de suelo no inferior a cinco metros cuadrados por habitante previsto en el planeamiento, incluida la superficie existente”.

Todos los terrenos que se recogen en la relación anterior, incluidos los de San Martzial, son propiedad del Ayuntamiento de Bergara con consideración de terrenos de dominio público, y su destino exclusivo es el de zona verde. En referencia concreta a los terrenos de San Martzial, por su ubicación más alejada del núcleo urbano conviene recordar que, el mismo proyecto de recuperación de la zona verde de San Martzial promovido desde la Comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento, recoge como objetivos y propuestas los dirigidas al esparcimiento y al ocio de los ciudadanos, además de los de recuperación ambiental, de lo que se deduce que las actuaciones previstas no se limitan al saneamiento de un bosque rural, sino que incluyen su acondicionamiento para esparcimiento y disfrute de los ciudadanos de Bergara. Por ello tiene plena cabida en el cómputo de las superficies destinadas a dotaciones públicas de espacios libres que exige la legislación vigente, aunque, como se ha expuesto, no se requiere su cuantificación para el cumplimiento de los estándares mínimos establecidos.

De todo ello se concluye que, no se precisa establecer nuevas reservas de suelo específicas para parques urbanos dentro del nuevo Plan General. Sí se quiere advertir que algunas de las zonas verdes ya existentes están muy necesitadas de actuaciones importantes de regeneración, como son la de Santa Ana (Errotalde) y sobre todo la de Artzamendi.
 

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