Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

El Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco fue aprobado inicialmente por Orden de 10 de enero de 2005, del Consejero de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco. En el Capítulo VI.- Normas de Aplicación del Plan Territorial Sectorial, en el Punto Adaptación del Planeamiento Municipal, establece:

“En los procedimientos de formulación y aprobación de Planes Generales de Ordenación Urbana, Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento, así como sus revisiones y modificaciones, en las que aún no se hubiera otorgado la aprobación inicial en el momento de entrada en vigor de este Plan Territorial Sectorial, deberán adaptarse a las determinaciones contenidas en el mismo.

En el caso de documentos de planeamiento municipal que en el momento de entrada en vigencia del P.T.S. se encuentren aprobados, el P.T.S. acatará lo dispuesto en estos documentos en lo referido a calificaciones de suelo urbano y urbanizable, pero dichos documentos deberán asumir lo dispuesto en el P.T.S. respecto a la ordenación de usos sectoriales en su próxima revisión.

Las instalaciones o edificaciones existentes, realizadas de conformidad con el planeamiento municipal, que resulten contrarias a lo establecido en este P.T.S., no se califican como fuera de ordenación sino que será el planeamiento municipal el que en cada supuesto, tras el oportuno análisis, establezca las determinaciones pertinentes”.

En el mismo Capítulo VI, en el Punto Vinculación de las Determinaciones del P.T.S. Agroforestal, se recoge:

“La implantación de los diferentes usos en el ámbito de este P.T.S. se regula en dos apartados del Capítulo Normativo:

1.- Criterios Generales de implantación de Usos en el ámbito del P.T.S. Poseen un carácter indicativo o de recomendación, en todo caso no vinculante.

2.- Normas específicas de aplicación en las categorías de Ordenación. Matriz de regulación de usos y actividades (y apartados dedicados a su desarrollo). Poseen carácter vinculante”.

Plan Territorial Sectorial de Suelo para la Promoción Pública de Vivienda:

Se cumplimentó el trámite de audiencia del Avance del Plan Territorial Sectorial de Suelo para la Promoción Pública de Vivienda. Dado el nivel de desarrollo del documento, no se toma en consideración en la redacción del Plan General.

Plan Territorial Sectorial de Patrimonio Cultural Inmueble:

Se cumplimentó el trámite de audiencia del Avance del Plan Territorial Sectorial de Suelo para la Promoción Pública de Vivienda. Dado el nivel de desarrollo del documento, no se toma en consideración en la redacción del Plan General.

Urbanismo